La gestión de las actividades complementarias y extraordinarias en un centro educativo implica una colaboración estrecha entre el Claustro de Profesores y el Consejo Escolar. Cada uno de estos órganos colegiados tiene competencias específicas, reguladas por la normativa vigente, que garantizan un equilibrio entre la planificación pedagógica y la participación democrática de la comunidad educativa.